El pleno de la AGPI de 5 de mayo de 2025, aprueba el informe del subdirector relativo a determinadas entidades del sector privado obligadas a implantar Sistemas Internos de Información
En fecha 5 de mayo de 2025 el Pleno de la AGPI celebró su 15ª sesión plenaria de carácter ordinario. En la orden del día figuraba la aprobación, si así procediera, del “informe del subdirector de la AGPI relativo a determinadas entidades del sector privado obligadas a implantar sistemas internos de información”. Dicho informe fue aprobado por unanimidad por el Pleno de la AGPI.
En el mismo se desgrana el artículo 10 de la Ley 2/2023, relativo a Entidades obligadas del sector privado, donde se obliga a disponer un Sistema interno de información en los términos previstos en esta ley a, entre otras, las personas físicas o jurídicas del sector privado que tengan contratados cincuenta o más trabajadores, y las personas jurídicas del sector privado que entren en el ámbito de aplicación de los actos de la Unión Europea en materia de servicios, productos y mercados financieros, prevención del blanqueo de capitales o de la financiación del terrorismo, seguridad del transporte y protección del medio ambiente a que se refieren las partes I.B y II del anexo de la Directiva (UE) 2019/1937, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019.
El informe se divide en cuatro partes. Las tres primeras se dedican, tras una necesaria introducción, al estudio de concreto y específico de las entidades del sector privado mencionadas anteriormente, que se encuentran obligadas a disponer un SII en los términos previstos en la Ley 2/2023.
La última de sus partes se dedica al estudio concreto de esa específica obligación con respecto a lo distribuidores de seguros y reaseguros a los que se refiere el Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero (de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales), en lo relativo a la transposición de la Directiva (UE) 2016/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de enero de 2016, sobre la distribución de seguros.